Ley de Confotur ¿Qué es y qué dice?
Desarrollo Turístico en la República Dominicana: La Importancia de la Ley Confotur
En un día crucial para el turismo dominicano, el 9 de octubre de 2001, el Congreso Nacional aprobó la Ley No. 158-01 sobre fomento al desarrollo turístico.
Esta ley, concebida para impulsar polos de escaso desarrollo y nuevos polos turísticos en diversas provincias y localidades, marcó un hito en la estrategia de desarrollo económico del país. El objetivo fundamental era acelerar un proceso racionalizado de desarrollo turístico en todas las regiones con potencial para la explotación turística en el territorio dominicano.
Creación del Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR)
Como parte integral de la Ley No. 158-01, se instituyó el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR). Este consejo fue designado para aplicar las directrices establecidas en la ley y para establecer las condiciones y facilidades necesarias para que los proyectos turísticos innovadores pudieran beneficiarse de los incentivos otorgados por la legislación.
Rol de la Dirección Técnica de CONFOTUR
El funcionamiento eficiente de la ley requería una gestión técnica especializada. Por ello, mediante el Decreto No. 372-14 se creó la Dirección Técnica de CONFOTUR. Esta entidad fue encargada de manejar todos los asuntos técnicos derivados de la aplicación de la Ley No. 158-01 y sus modificaciones, asegurando así la correcta aplicación de los incentivos fiscales y aduaneros contemplados en la legislación.
Procedimientos para Acogerse a los Beneficios de CONFOTUR
La solicitud de clasificación bajo la Ley No. 158-01 y sus modificaciones debe realizarse a través de la página oficial de CONFOTUR, completando el formulario correspondiente. La Dirección Técnica es la responsable de evaluar técnica y legalmente los proyectos y de recomendar al Consejo las exoneraciones apropiadas para cada solicitud evaluada.
Clasificación y Beneficios de CONFOTUR
La clasificación, ya sea provisional o definitiva, implica la aprobación del proyecto turístico por parte del Consejo de Fomento Turístico. Esto habilita al proyecto para acceder a los beneficios e incentivos contemplados en la Ley No. 158-01.
Expansión de los Beneficios: Resolución 49-2014
La Resolución 49-2014 extendió los beneficios de la Ley 158-01 y sus modificaciones a proyectos turísticos orientados a ofrecer servicios de salud. Esta medida permitió la generación de flujos turísticos importantes mediante el turismo médico, ampliando así el alcance y la efectividad de la legislación.
Impacto y Potencial de la Ley Confotur
La Ley Confotur ha sido un instrumento fundamental para atraer inversiones extranjeras a la República Dominicana, especialmente en el sector turístico. Los incentivos fiscales y aduaneros han propiciado el desarrollo de nuevos proyectos turísticos, contribuyendo al crecimiento económico y al fortalecimiento del sector en su conjunto.
Beneficios para los Inversionistas y Compradores
Para aquellos interesados en invertir o adquirir propiedades en proyectos respaldados por CONFOTUR, se abren oportunidades significativas. Los inversores pueden acceder a exenciones fiscales y aduaneras, mientras que los compradores pueden beneficiarse de proyectos con altos estándares de calidad y potencial de desarrollo.
Consideraciones Finales
En resumen, la Ley Confotur ha sido un motor clave para el desarrollo turístico en la República Dominicana. Su implementación ha generado un ambiente propicio para la inversión y el crecimiento económico, asegurando al mismo tiempo la preservación de los recursos naturales del país y la promoción de un turismo sostenible.
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