¡Nueva Ley de Alquileres Impulsa Desalojo por Incumplimiento! Descubre los Cambios
La Cámara de Diputados de la República Dominicana ha aprobado una interesante propuesta de Ley General de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios que busca regular el proceso de desalojo por incumplimiento o vencimiento de contrato en el ámbito inmobiliario. Esta iniciativa tiene como objetivo agilizar y mejorar el proceso judicial en situaciones de desalojo, al mismo tiempo que protege los derechos de ambas partes involucradas.
Uno de los aspectos fundamentales de la propuesta es la judicialización previa en los casos de desalojo. El proceso se iniciará con una intimación o denuncia a la otra parte, comunicando el documento respectivo a la secretaría del fiscalizador del juzgado de paz correspondiente. Esto permitirá citar a ambas partes para el conocimiento y conciliación de la demanda.
Detalles Importantes
Posteriormente, el juzgado de paz se encargará de dictar sentencia, la cual podrá ser recurrida ante el tribunal de primera instancia, actuando como tribunal de segundo grado. El tribunal de apelación deberá pronunciarse sobre el recurso en un plazo de treinta días hábiles a partir del apoderamiento del caso. Es importante destacar que la sentencia que se emita en apelación podrá ejecutarse sin importar la presentación de recursos adicionales.
Para asegurar un proceso justo y ordenado, la fuerza pública que actuará en el desalojo deberá recibir autorización del fiscalizador de la jurisdicción correspondiente. Antes de proceder, la parte afectada deberá ser notificada con una copia de la sentencia que ordena el desalojo, dándole la oportunidad de abandonar el inmueble voluntariamente.
La propuesta también introduce medidas para evitar abusos por parte de terceros en el proceso. Las personas o entidades que se extralimiten en las indicaciones legales podrán enfrentar multas de entre diez y veinte salarios mínimos. Además, se prevé la posibilidad de aplicar sentencias adicionales en caso de que se violen otras disposiciones penales.
Novedades del proyecto de ley
Una novedad relevante en este proyecto de ley es la prohibición expresa a prestadores de servicios básicos como el agua, energía eléctrica, comunicaciones o telecable, de rehusarse a validar nuevos contratos bajo el pretexto de facturas en atraso o contratos no cancelados por parte de propietarios o inquilinos anteriores. Esto busca proteger a los nuevos inquilinos que enfrentan deudas heredadas del anterior ocupante.
En cuanto a las responsabilidades financieras, el pago de comisiones por corretaje estará a cargo de quien contrate el servicio, y los gastos legales relacionados con el contrato de renta o alquiler serán compartidos equitativamente entre el arrendador y el inquilino.
Por último, el proyecto establece plazos específicos para notificar la no renovación del contrato de alquiler. Si el inmueble estuviera ocupado por un establecimiento comercial o industrial, el propietario deberá avisar al inquilino con seis meses de antelación al término del contrato. En caso contrario, el aviso deberá ser emitido con tres meses de anticipación.
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